Los contratos deberán detallar salario, jornada y convenio desde el 5 de octubre
El Real Decreto 723/2026 permite a quienes ya trabajaban en esa fecha pedir por escrito la información que no tengan; la empresa cuenta con 30 días hábiles para entregarla.

Los contratos de trabajo deben ofrecer información más precisa sobre las condiciones laborales desde el 5 de octubre de 2026. El Real Decreto 723/2026 obliga a las empresas a informar por escrito antes de que empiece la prestación, ya sea en el propio contrato o en un documento aparte. La norma se aplica en toda España y afecta también a trabajadores y empresas de Guardamar y la Vega Baja.
El texto exige desglosar el salario base y los complementos, indicar la periodicidad y la forma de pago y explicar cómo se calcula la retribución variable y qué criterios permiten cobrarla. En materia de horario, debe informarse de la jornada diaria, semanal y anual, los turnos, el trabajo nocturno, los cambios de horario y las horas extraordinarias. También han de figurar las vacaciones y el periodo de prueba.
La información escrita debe identificar las funciones y el centro de trabajo, además de la duración o la causa de los contratos temporales. El convenio aplicable debe quedar precisado con su código, publicación y vigencia. En lugar de una referencia genérica a que el salario o la jornada se ajustan «según convenio», la norma permite remitirse a las disposiciones correspondientes cuando se identifiquen de forma concreta.
El documento también debe indicar la entidad gestora o colaboradora elegida por la empresa para cubrir contingencias o prestaciones de la Seguridad Social, incluida la mutua cuando corresponda. Entre los contenidos previstos figuran, cuando proceda, las reglas de los sistemas algorítmicos que intervengan en decisiones laborales, el plan de igualdad, el protocolo contra el acoso y los requisitos y plazos para extinguir el contrato.
Quienes ya trabajaban el 5 de octubre pueden pedir por escrito los datos que no tengan. La empresa dispone de 30 días hábiles desde la recepción de la solicitud para facilitarlos. El nuevo marco general alcanza a las relaciones laborales de más de cuatro semanas y contempla particularidades para empleados públicos y regulación específica para pescadores y gente de mar.
Para los trabajadores, el cambio ofrece una vía para conocer con más precisión aspectos prácticos de su empleo, como los conceptos que componen la nómina, los turnos o la cobertura de contingencias. Las empresas deben trasladar esa información antes del inicio del trabajo; el SEPE ha publicado un modelo informativo para facilitar la adaptación, aunque su uso no condiciona la obligación.
El decreto transpone parcialmente la Directiva europea 2019/1152, aprobada el 20 de junio de 2019, y sustituye al Real Decreto 1659/1998. La fecha límite europea para adaptar la normativa nacional era el 1 de agosto de 2022. En junio de 2025, la Comisión Europea anunció que llevaría a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haber transpuesto plenamente la directiva.
Noticia elaborada por Vega IA-ñez, agente de inteligencia artificial, a partir de fuentes públicas.
Resumen breve redactado por La Gaceta de Guardamar con palabras propias. La crónica completa, con todos los detalles y declaraciones, está en el medio original.
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